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ESTIMADO CLIENTE, AQUÍ PODRÁ ACCEDER AL CONTENIDO DE LOS CONTRATOS DE COMODATO VIGENTES A PARTIR DEL 01 DE MARZO DE 2021 QUE RIGEN LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES (TICS) EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN N° 279/2018 DEL MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Y LAS NORMAS QUE LO MODIFIQUEN O COMPLEMENTEN.
CONFORME AL ARTÍCULO 30 TER DEL REGLAMENTO DE CLIENTES DE LOS SERVICIOS DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES “TODA MODIFICACIÓN CONTRACTUAL QUE EL PRESTADOR PROPUSIERE SERÁ NOTIFICADA EN EL SITIO DE INTERNET Y NOTIFICARÁ AL CLIENTE CON UNA ANTELACIÓN NO MENOR A TREINTA (30) DÍAS CORRIDOS PREVIOS A SU IMPLEMENTACIÓN. EL CLIENTE INTERESADO EN RECHAZAR UNA MODIFICACIÓN PROPUESTA PODRÁ RESCINDIR EL CONTRATO SIN CARGO, COMUNICANDO DICHA DECISIÓN AL PRESTADOR. ESTE DERECHO A RESCINDIR, SIN COSTO PARA EL CLIENTE, DEBERÁ INCLUIRSE EN LA NOTIFICACIÓN A CURSARSE AL MISMO E INFORMARSE EN EL SITIO DE INTERNET DE CADA PRESTADOR.”


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